El examen remedial
Se entiende como evaluación estudiantil “al proceso continuo de observación, valoración y registro de información que evidencia el logro de objetivos de aprendizaje de los estudiantes, mediante sistemas de retroalimentación que están dirigidos a mejorar la metodología de enseñanza y los resultados de aprendizaje”, según lo determina el artículo 184 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI).
Si la evaluación se lleva a cabo a lo largo del proceso de enseñanza y aprendizaje, con la finalidad de reforzar e introducir adaptaciones precisas y adecuadas acordes a las necesidades reales de cada estudiante ¿no basta un período lectivo para el desarrollo integral de los estudiantes?
Según el artículo 45 del Reglamento General a la LOEI, una de las atribuciones del Subdirector o Vicerrector es revisar y aprobar los instrumentos de evaluación preparados por los docentes. Para cumplir con esta atribución, debe solicitar el apoyo a la Junta Académica quienes coordinarán la revisión de dichos instrumentos con la Junta de Grado o Curso de conformidad al artículo 215 del Reglamento General a la LOEI, para finalmente emitir un informe de aprobación por parte del Subdirector o Vicerrector. En el caso de escuelas unidocentes y pluridocentes, el docente diseñará los instrumentos y será el asesor educativo (donde existiere), en el primer caso, y el líder educativo, en el segundo caso, quien los revise y certifique si son adecuados o no.
El Reglamento General a la LOEI, en el Sistema Nacional de Educación se propone varios exámenes con diferentes propósitos, uno para mejorar el promedio obtenido y otros cuando no se ha alcanzado el promedio mínimo ¿debe ser solo uno para mejorar la calidad educativa?.
Si al terminar el año el estudiante no ha logrado obtener el puntaje mínimo señalado de 7/10 para ser promovido, deberá rendir examen supletorio, remedial o de gracia según el caso. Cabe señalar que los exámenes supletorios, remediales y de gracia, se aplicarán a los estudiantes a partir de 8vo grado de Educación General Básica. No es exigible este tipo de exámenes a los estudiantes que cursan niveles inferiores al señalado, conforme determina el artículo 214.1 del Reglamento General reformado a la LOEI, por lo cual se procederá a actuar según se menciona en el acápite de “PROMOCIÓN”, es decir los niños (De 1ero a 7mo año de educación básica) no probar, reprobar, ni repetir el año lectivo.
Si un estudiante a partir del 8° año de EGB hubiere obtenido un puntaje promedio anual igual o menor a cuatro con noventa y nueve sobre diez (4,99/10) como nota final de cualquier asignatura o no aprobare el examen supletorio, el docente de la asignatura correspondiente deberá, según el Art. 213 del Reglamento General a la LOEI, elaborar un cronograma de actividades académicas para que el estudiante trabaje en casa con ayuda de su familia ¿El docente le entregó el cronograma para que su hijo lo desarrolle durante este tiempo?, para que así, quince (15) días antes de la fecha de inicio de clases, rinda por una sola vez un examen remedial acumulativo, que será también una prueba de base estructurada. Aunque el estudiante no vaya a rendir el examen supletorio, deberá concurrir a las clases de refuerzo que la institución educativa organizó para este fin, con la intención de que sea un apoyo más a su preparación. El cronograma de actividades académicas estará en relación con el desarrollo de destrezas y los contenidos de la asignatura, por lo que el examen remedial acumulativo se diseñará en base al contenido desarrollado por el estudiante en dicho cronograma. Si un estudiante reprobare exámenes remediales en dos o más asignaturas, deberá repetir el grado o curso.
El examen remedial será acumulativo, es una prueba de base estructurada. El examen de gracia lo dan los estudiantes a partir de 8° año de EGB que reprobaron un examen remedial de una sola asignatura. De aprobar este examen, obtendrá la promoción al grado o curso superior, pero en caso de reprobarlo deberá repetir el grado o curso anterior. (Fuente: Instructivo para la aplicación de la evaluación estudiantil MEC). RERO
Reporte educa
Nos cuentan que
1. Los docentes piden alza salarial, ya que sus sueldos no se han revisado hace más de una década.
2. Los docentes regresaron de sus vacaciones con más preguntas que respuestas.
3. Los estudiantes deben dar la próxima semana el examen de gracia.
4. El 03 de septiembre será la inauguración del año lectivo 2018 – 2019.
Fuente: Diario La Hora