Código Deontológico

La Empresa Pública de Comunicación e Información Municipal COMUNICATE EP – Radio Cañaveral 96.5, cuya sede se encuentra en la ciudad de Catamayo, provincia de Loja, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 10 de la Ley Orgánica de Comunicación publicada en el tercer suplemento del Registro Oficial No. 22 del 25 de junio de 2013, expide el siguiente Código Deontológico, fundamentados en la información como un derecho constitucionalmente reconocido y que la comunicación social mediante medio de comunicación colectiva , es un servicio que debe ser prestado con responsabilidad y calidad contribuyendo al buen vivir de las y los ciudadanos.
OBJETIVO:
Radio Cañaveral 96.5 está interesada en mejorar la práctica y gestión interna y la actividad comunicacional de manera responsable, seria, con ética y respeto a las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, nacionales y extranjeras, sin discriminación de naturaleza alguna.
El Código Deontológico tiene el propósito de garantizar a los oyentes del medio de comunicación, programaciones con contenidos de calidad en los que se respete la libertad de expresión con sentido de responsabilidad, la diversidad ideológica, política y social, el respeto a la vida privada de las personas y el ejercicio del derecho a la réplica en busca de la dignidad humana, como fin esencial.
Procurará preservar y ampliar la credibilidad y confianza de los oyentes, en tal virtud se compromete y obliga con las y los oyentes de todas las edades a producir y difundir programas de educación en valores, de distracción y regocijo con altos estándares, así como a informar con veracidad y responsabilidad sobre todos los asuntos de interés general, acatando los principios de la democracia, pluralidad, veracidad, honestidad, respeto, en un marco de libertad, diálogo y tolerancia.
Así sus tareas serán las de producción y difusión con la mejor calidad posible y la mayor cantidad de información todos los contenidos de los programas, la música en todas sus expresiones, los deportes, las noticias, los reportajes y el entretenimiento; buscando la equidad en los temas y propuestas frente a la diversas problemáticas de tipo social, económico y político.
Art. 1.- NORMAS DEONTOLÓGICAS: Conforme con el principio democrático, la Constitución y la Ley, RADIO CAÑAVERAL, 96.5 FM será un medio de comunicación que permanentemente cuidará, cumplirá y velará por difundir información y opiniones, de sus miembros o de terceros, basadas en los siguientes principios mínimos:
- Referidos a la dignidad humana:
- a) Respetar la honra y la reputación de las personas.
- b) Respetar los derechos humanos y promover su plena aplicabilidad.
- c) Abstenerse de realizar y difundir contenidos y comentarios discriminatorios; y,
- d) Respetar la intimidad personal y familiar.
- Relacionados con los grupos de atención prioritaria:
- a) No incitar a que los niños, niñas y adolescentes imiten comportamientos perjudiciales o peligrosos para su salud.
- b) Abstenerse de usar y difundir menciones identificativas que atenten contra la dignidad o los derechos de las personas con graves patologías o discapacidades.
- c) Evitar la representación o comentario positivo o valorativo de escenas donde se haga burla de discapacidades físicas o psíquicas de las personas.
- d) Abstenerse de emitir menciones identificativas de niños, niñas y adolescentes como autores, testigos o víctimas de actos ilícitos, salvo el caso que, en aplicación del interés superior del niño, sea dispuesto por autoridad competente.
- e) Proteger el derecho a la opinión y privacidad de adolescentes en conflicto con la ley penal, en concordancia con las disposiciones del Código de la Niñez y Adolescencia; y,
- f) Abstenerse de emitir contenidos que atenten contra la dignidad de los adultos mayores o proyecten una visión negativa del envejecimiento.
- Concernientes al ejercicio profesional:
- a) Respetar los presupuestos constitucionales de verificación, oportunidad, contextualización y contrastación en la difusión de información de relevancia pública o interés general.
- b) Abstenerse de omitir y tergiversar intencionalmente elementos de la información u opiniones difundidas.
- c) Abstenerse de obtener información o grabaciones con métodos ilícitos.
- d) Evitar un tratamiento morboso a la información sobre crímenes, accidentes, catástrofes u otros eventos similares.
- e) Defender y ejercer el derecho a la cláusula de conciencia.
- f) Impedir la censura en cualquiera de sus formas, independientemente de quien pretenda realizarla.
- g) No aceptar presiones externas en el cumplimiento de la labor periodística.
- h) Ejercer y respetar los derechos a la reserva de fuente y el secreto profesional.
- i) Abstenerse de usar la condición de periodista o comunicador social para obtener beneficios personales.
- j) No utilizar en provecho propio información privilegiada, obtenida en forma confidencial en el ejercicio de su función informativa; y,
- k) Respetar los derechos de autor y las normas de citas.
- Relacionados con las prácticas de los medios de comunicación social y privada:
- a) Respetar la libertad de expresión, de comentario y de crítica.
- b) Acatar y promover la obediencia a la Constitución, a las leyes y a las decisiones legítimas de las autoridades públicas.
- c) Promover espacios de encuentro y diálogo para la resolución de conflictos de interés colectivo.
- d) Contribuir al mantenimiento de la paz y seguridad.
- e) Servir de canal para denunciar el abuso o uso ilegítimo que los funcionarios estatales o personas particulares hagan de los poderes públicos y privados.
- f) Impedir la difusión de publicidad engañosa, discriminatoria, sexista, racista o que atente contra los derechos humanos de las personas.
- g) Promover el diálogo intercultural y las nociones de unidad y de igualdad en la diversidad y en las relaciones interculturales.
- h) Promover la integración política, económica, cultural de los ciudadanos, pueblos y colectivos humanos.
- i) Propender a la educomunicación.
- j) Rectificar a la brevedad posible las informaciones que se hayan demostrado como falsas o erróneas.
- k) Respetar el derecho a la presunción de inocencia.
- l) Abstenerse de difundir publirreportajes como si fuese material informativo.
- m) Cuidar que los titulares sean coherentes y consistentes con el contenido de las noticias.
- n) Distinguir de forma inequívoca entre noticias y opiniones.
- o) Distinguir claramente entre el material informativo, el material editorial y el material comercial o publicitario.
- p) Evitar difundir de forma positiva o valorativa, las conductas irresponsables con el medio ambiente.
- q) Asumir la responsabilidad de la información y opiniones que se difundan.
- r) Abstenerse de realizar prácticas de linchamiento mediático, entendiendo por tales, la difusión de información concertada y reiterativa, de manera directa o por terceros, a través de los medios de comunicación destinada a desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública.
- Relacionados a la programación de la emisora:
- a) La programación de la emisora estará destinada a cumplir funciones culturales, informativas, deportivas y de entretenimiento.
- b) Los contenidos de los programas ofrecerán de manera atractiva asuntos de interés general, utilizando un lenguaje claro y expresiones sencillas y directas que sean comprensibles para la generalidad del público.
- c) De acuerdo al perfil de cada programa, se estimulará la identificación con el oyente al que se dirigen los mismos, procurando ser comprensibles para todas las personas.
- d) Todos los programas tendrán como objetivo informar, entretener y culturizar a la sociedad.
- e) Los informativos tendrán un contenido con información objetiva y veraz de sucesos ocurridos en la ciudad, en el territorio nacional, así como en el extranjero, incluirán espacios noticiosos que contengan todos los géneros periodísticos, y en ellos se procurará destacar la información local, provincial y nacional, tratados con total apego a la veracidad previamente consensuados. Si alguna persona considerare que dicha información carece de veracidad y aquella le ocasionare un daño, tendrá oportunidad de aclarar o replicar, para lo cual la estación le proporcionará el espacio correspondiente.
- f) Se garantizará la información con libertad e independencia de posiciones políticas y opciones institucionales
- g) Los programas deportivos se realizarán con apego a la verdad y a la particular apreciación periodística de lo que se observe en los campos deportivos, no tendrán sesgo de ninguna naturaleza y se evitará las agresiones verbales de tipo personal a los actores deportivos o dirigente alguno.
- h) Los programas de entretenimiento, están referidos a espectáculos, presentaciones artísticas y culturales, variedades, entre otros- Sean musicales y/o locutados tendrán la finalidad de entretener, divertir y servirán de acompañamiento de nuestros oyentes durante el desarrollo de sus actividades diarias, se tratará de complacer las solicitudes combinadas con nuestra propia propuesta musical.
- i) La locución de la emisora será clara, animada, positiva, evitando cualquier comentario engañoso. Se evitará el uso de lenguaje obsceno así como la discriminación por razones de género, étnico-culturales, opción sexual, credo religioso y otros.
- j) En lo que hace relación a la publicidad comercial, se observará las regulaciones establecidas en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, y se regirá por las normas previstas en la Ley y en el Código de Ética de la Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión AER,
- k) En cuanto a la propaganda de difusión o de adoctrinamiento político, se sujetará estrictamente a la Ley Orgánica Electoral o Código de la Democracia; a la Ley de Control del Gasto Electoral; así como a las disposiciones que al efecto dicten los organismos electorales pertinentes.
El incumplimiento de los principios deontológicos establecidos en este artículo podrá ser denunciado por cualquier ciudadano u organización al Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación, quien emitirá un pronunciamiento conforme a Derecho.
Art. 2.- PARTICIPACIÓN: RADIO CAÑAVERAL 96.5 FM será una estación democrática, abierta permanentemente a generar espacios de participación ciudadana con sentido crítico y opiniones veraces, respetuosas de la dignidad, la honra y el ordenamiento jurídico, en procura del interés general. Nuestra radio será inclusiva y no excluyente, en relación con la participación, sin diferenciar credo religioso, opción política, género, generacional o raza, con criterio pluralista y propositivo.
Art. 3.- INTERÉS SUPERIOR DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES: RADIO CAÑAVERAL 96.5 FM promoverá de forma prioritaria el ejercicio de los derechos a la comunicación de los niños, niñas y adolescentes, atendiendo el principio de interés superior establecido en la Constitución de la República y en el Código de la Niñez y Adolescencia.
Art. 4.- RESPONSABILIDAD SOCIAL: RADIO CAÑAVERAL 96.5 FM aplicará el valor de la solidaridad, el carácter social y humanitario de la radiodifusión, permaneciendo siempre dispuestos a prestar apoyo desinteresado en favor de los intereses comunitarios realizando eventos, campañas, transmisiones, motivando la participación responsable y solidaria de la ciudadanía en el cuidado y protección de los bienes público y en ayuda a los sectores menos favorecidos o afectados de la población.
Art. 5.- PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA: RADIO CAÑAVERAL 96.5 FM se compromete a difundir e informar su código deontológico en nuestra página web (www.radiocañaveral.com) para conocimiento de la ciudadanía en general.
En caso de incumplimiento de este Código, las personas afectadas o sus representantes podrán presentar en forma oral o escrita, su queja, sin necesidad de firma de abogado, ante la emisora. Se designará a una persona responsable para la atención de su queja.
La emisora atenderá las faltas de cumplimiento al presente Código, tanto si son quejas por escrito o los comunicados por el público oyente.
Art. 6.- DE LOS COMUNICADORES: Los servidores y trabajadores de RADIO CAÑAVERAL 96.5 FM están obligados a guardarse respeto y consideración entre sí y a ser solidarios en la solución de los problemas inherentes a sus actividades, promoviéndose el bien de todos, la capacitación y formación continua y garantizando un adecuado ambiente laboral.
Los comunicadores gozan de los Derechos consagrados en la Constitución de la República y los que define la Ley Orgánica de Comunicación, especialmente el derecho a la cláusula de conciencia, derecho a la reserva de la fuente, el derecho a mantener el secreto profesional, y el libre ejercicio de la comunicación, así como todos y cada uno de los derechos laborales de los trabajadores de la comunicación.
ART. 7.- RESPONSABLIDAD DE LA DIFUSIÓN DE CONTENIDOS: RADIO CAÑAVERAL 96.5 FM como responsable de los contenidos que se difundan en su programación, cuidará que los programas no sean considerados atentatorios contra los principios y valores antes mencionados y las Normas deontológicas determinadas en el Artículo 10 de la Ley Orgánica de Comunicación.
ART. 8.- RESPONSABILIDAD DE LAS OPINIONES VERTIDAS EN LA PROGRAMACION: Los conductores o locutores de los programas en RADIO CAÑAVERAL 96.5 FM, no podrán emitir opiniones, o utilizar términos, que impliquen cualquier forma de discriminación; de violación de los derechos y garantías constitucionales; que atenten contra la unidad nacional; o que afecten a la idiosincrasia o identidad cultural de los pueblos o cualquier sector social. La emisora adoptará las medidas necesarias para establecer que el público conozca si las expresiones vertidas son responsabilidad del medio, de los responsables de un determinado programa o de terceros.
ART. 9.- DERECHO A LA RECTIFICACIÓN: RADIO CAÑAVERAL 96.5 FM atenderá todos los requerimientos de copias del material difundido en el desarrollo de su programación regular, y de acuerdo con lo determinado en la Ley Orgánica de Comunicación, de tener sustento, se dará paso a las solicitudes de rectificación.
ART. 10.- DERECHO A LA RÉPLICA: De igual manera, de acuerdo con lo que establece la Ley Orgánica de Comunicación, RADIO CAÑAVERAL 96.5 FM receptará y atenderá las solicitudes de réplica que sean pertinentes.
ART. 11.- CLASIFICACIÓN DE LOS PROGRAMAS: RADIO CAÑAVERAL 96.5 FM ajustará su programación y franjas horarias a los mandatos determinados en la Ley Orgánica de Comunicación.
Art. 12.- PRODUCCIÓN NACIONAL: RADIO CAÑAVERAL 96.5 FM destinará los espacios a la música de producción nacional dispuestos en la Ley Orgánica de la Comunicación y promoverá de manera especial, la producción local.
ART. 13.- FINALIDAD DE LOS SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN: RADIO CAÑAVERAL 96.5 FM, a través de sus servicios de radiodifusión, se propone satisfacer las necesidades del oyente en el campo de la información, la cultura, el conocimiento, la educación y el entretenimiento, así como la difusión de los valores humanos, la democracia y la identidad nacional, dentro de un marco de respeto a los derechos fundamentales de las personas y la naturaleza.
ART. 14.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS SERVIDORES: RADIO CAÑAVERAL 96.5 observará el cumplimiento de los derechos y deberes mutuamente asumidos con sus servidoras y servidores, tanto en el orden laboral cuanto en la observancia de las normas deontológicas.
CONSIDERACIONES FINALES:
RADIO CAÑAVERAL 96.5 FM, se compromete a crear los mecanismos necesarios para la difusión de este Código entre sus directivos, servidores, colaboradores y audiencia, para que ésta pueda exponer sus quejas o sugerencias respecto a su cumplimiento.
De igual manera, para el cumplimiento de lo manifestado en los numerales precedentes, se velará por el desempeño de la programación general dentro de los parámetros de ética profesional cuidando de no cometer faltas; evitando la difusión de informaciones cuya autenticidad no haya sido verificada y contratada o que puedan causar alarma o conmoción social injustificada. Identificará con claridad y precisión su origen, para efectos de responsabilidad legal de la Estación.
En los programas informativos o de opinión, abiertos al público o interactivos, dentro de los cuales los oyentes o invitados puedan opinar sobre tópicos puestos a discusión, el responsable de conducción advertirá, reiteradamente, que los criterios que emitan los intervinientes, serán de su exclusiva responsabilidad y que, de cualquier manera, utilizarán un lenguaje respetuoso respecto a las autoridades, las instituciones o personas contra las cuales formulen quejas, denuncias o acusaciones. Por consiguiente, el conductor del programa cortará la comunicación o intervención al participante que no se atenga a estas normas y, de no hacerlo, asumirá la responsabilidad que le corresponda de acuerdo con la Ley.
Dado en la ciudad de Catamayo, a los 10días del mes de enero de 2014.